La Fundación Pedro Zerolo firma un protocolo de colaboración con Kifkif

La Fundación Pedro Zerolo y la asociación Kifkif, Asociacion de Migrantes y Refugiados LGTBI, suscribieron el pasado mes de enero un protocolo de colaboración entre ambas entidades. El acuerdo, firmado por los presidentes de ambas entidades Jesús Santos y Samir Bargachi en la sede de Kifkif y en cuyo acto también estuvieron presentes los directores de ambas entidades Miquel A. Fernández y Khadija Afkir, autoriza a KifKif a la utilización del nombre de Pedro Zerolo para denominar al Centro de Acogida Estatal de solicitantes de asilo y refugio LGTBI y manifiesta el apoyo y colaboración de la Fundación Pedro Zerolo a dicho proyecto.

El Centro de Acogida Pedro Zerolo, gestionado por Kifkif y Red Acoge, forma parte del sistema público estatal y tiene capacidad para 20 personas LGTBI y  es el primero del mundo, dentro de una red de acogida pública, destinado a solicitantes de protección internacional LGTBI.

El director ejecutivo de la Fundación Miquel A. Fernández, agradeció a Kifkif en nombre del Patronato de la Fundación Pedro Zerolo que haya rendido este sentido homenaje y reconocido, con la denominación del primer Centro de Acogida LGTBI, el legado que en la defensa de los derechos LGTBI y de las personas migrantes y refugiadas desarrolló Pedro Zerolo.

Ambas entidades además del apoyo a este proyecto, se comprometen a colaborar en otros ámbitos de interés mutuo para lo que desarrollarán acuerdos sobre estas materias y en los que ambas entidades se encuentran ya trabajando para que sean una realidad próximamente.

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Desgravación fiscal de las donaciones recibidas

Desgravación fiscal

Para personas físicas, la deducción es del 80% para los primeros 150 € donados. A partir de ese importe, las donaciones serán deducibles al 35% llegando al 40%, en el caso de donaciones periódicas realizadas durante, al menos, tres años a la misma entidad por un importe igual o superior. La deducción tiene un límite del 15% de la base liquidable del impuesto.

Para personas jurídicas, el porcentaje de deducción en cuota en el Impuesto sobre Sociedades es del 35% (con el límite del 15% de la base imponible). Esta deducción llega al 40% para las donaciones realizadas a una misma entidad por el mismo o superior importe durante al menos 3 años. Las cantidades no deducidas se pueden aplicar en los periodos impositivos que concluyan en los 10 años inmediatos y sucesivos.

Donación puntual

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