Foto: Inmaculada Mesa Cabello

"UNO MÁS,
NADA MENOS"

Demonizar lo ‘queer’ es impropio de la izquierda

El feminismo inclusivo que defendió Pedro Zerolo dentro del socialismo no debería tener
ningún problema con las siglas LGTBIQ+

¿Quieres transformar tu comunidad?

La Fundación Pedro Zerolo anima a la ciudadanía a participar en la VI convocatoria del Programa de Apoyo a la Creación de Fundaciones Comunitarias: Una Oportunidad para Impulsar el Desarrollo Local.

Escuchemos al futuro, defendamos los derechos de los niños y las niñas

“Todos los días tienen derecho a protección contra cualquier forma de abandono, crueldad y explotación, como establece la Declaración de los derechos del niño y de la niña”, Pedro Zerolo

#Argentina Toda nuestro apoyo y solidaridad con las organizaciones que están luchando en defensa de la salud pública. Solicitamos la intervención de la OMS, la OPS y otros actores internacionales para garantizar que el Gobierno de Argentina cumpla con sus obligaciones en salud…

#Argentina Toda nuestro apoyo y solidaridad con las organizaciones que están luchando en defensa de la salud pública. Solicitamos la intervención de la OMS, la OPS y otros actores internacionales para garantizar que el Gobierno de Argentina cumpla con sus obligaciones en salud…

🛤️ Hoy conmemoramos 600 años de historia del pueblo gitano en España. Una cultura rica, diversa y llena de resiliencia que ha contribuido enormemente a nuestra sociedad. 🎻

👉 Sigamos luchando contra la discriminación y promoviendo la igualdad. ✊🏽❤️ #600Años #PuebloGitano

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Fundación Pedro Zerolo está sujeta a la Ley 49/2002, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, por lo que las donaciones realizadas a la entidad disfrutan de beneficios fiscales, tanto en el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF), como en el Impuesto de Sociedades (IS). Para acogerse a estos incentivos, el donante (particular o institución) debe contar con el certificado fiscal de la Fundación, que le enviaremos tras facilitarnos sus datos.

Desgravación fiscal de las donaciones recibidas

Desgravación fiscal

Para personas físicas, la deducción es del 80% para los primeros 150 € donados. A partir de ese importe, las donaciones serán deducibles al 35% llegando al 40%, en el caso de donaciones periódicas realizadas durante, al menos, tres años a la misma entidad por un importe igual o superior. La deducción tiene un límite del 15% de la base liquidable del impuesto.

Para personas jurídicas, el porcentaje de deducción en cuota en el Impuesto sobre Sociedades es del 35% (con el límite del 15% de la base imponible). Esta deducción llega al 40% para las donaciones realizadas a una misma entidad por el mismo o superior importe durante al menos 3 años. Las cantidades no deducidas se pueden aplicar en los periodos impositivos que concluyan en los 10 años inmediatos y sucesivos.

Donación puntual

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